Permiso de funcionamiento

El permiso de funcionamiento, es el documento otorgado por la autoridad de Salud a los establecimientos sujetos de Control y Vigilancia Sanitaria, que cumplen con los requisitos determinados de acuerdo al tipo de establecimiento. El trámite de renovación o por primera vez se lo puede realizar en la Dirección Provincial y en las áreas de salud más cercanas.

Los propietarios o representantes legales de los negocios deberán presentar una solicitud dirigida al titular de la Dirección Provincial de Salud, con su nombre, número de la cédula o del Registro Único de Contribuyentes (RUC); nombre o razón social o denominación del establecimiento; actividad que se realiza y la ubicación.

Dependiendo de cada negocio, en la mayoría de los casos, a esta solicitud se deberá adjuntar el RUC, copia de la cédula de ciudadanía o identidad del propietario o representante legal de establecimiento; documentos que acrediten la personería jurídica; plano del establecimiento a escala 1:50; croquis de la ubicación del establecimiento; permiso otorgado por el Cuerpo de Bomberos y las copias de los certificados ocupacionales del personal que labora en el establecimiento, conferido por un centro de salud público. (Ver documento PDF).

El valor a cancelar para la obtención del permiso de funcionamiento está determinado de acuerdo al establecimiento comercial y de servicio, según el procedimiento de cálculo detallado en el art.- 20 del Reglamento de Funcionamiento de Establecimientos Sujetos a Control Sanitario. Para conocer el valor a pagar puede descargar el documento en el siguiente link (Ver documento PDF). Así por ejemplo en el menor de los casos un consultorio dental debe cancelar $7,63; mientras que las farmacias $22,90; y en el mayor de en el casos un hotel de lujo cinco estrellas doradas deberá cancelar $1.144.,80.

Cabe recordar que ningún funcionario que participe durante el proceso de renovación o entrega del permiso de funcionamiento no está autorizado a solicitar algun valor adicional a los establecidos por la ley. El pago debe ser respaldado por factura o comprobante de pago. En caso de ser víctima de coimas o detectar alguna irregularidad en este proceso, el Ministerio de Salud insta  a la ciudadanía, notifique su caso a  denuncias@msp.gob.ec para dar seguimiento al mismo.

El Acuerdo Ministerial 818 del 19 de diciembre de 2008 señala que los establecimientos que deben obtener los permisos, entre otros, son:

De servicios de salud públicos y privados Comerciales y de servicios
Farmacéuticos Servicios de turismo
De medicamentos homeopáticos Escenarios permanentes de espectáculos
De productos naturales de uso medicinal Servicios funerarios
De cosméticos y productos higiénicos Estaciones para expendio de combustible y lubricantes
De alimentos Estaciones de envasado y comercialización de gas doméstico e industrial

Cabe resaltar que las tiendas de abastos no deben obtener el permiso de funcionamiento, sino el certificado de condiciones higiénico sanitarias, por una sola vez y no deberá renovarse anualmente.

En caso de no adquirirlo hasta la fecha límite se aplicará una multa de cinco salarios básicos unificados, es decir $1.590.

Para obtener el permiso de funcionamiento por primera ocasión el plazo es hasta el 31 de diciembre.

 

Consulte la Guía de Requisitos para la Obtención del Permiso de Funcionamiento de los Establecimientos sujetos a Vigilancia y Control Sanitario.

(Fuente: www.salud.gob.ec)

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